Reglamento de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente en el Trabajo del Sector Público Federal.

 

3. Introducción.

Escribe un ENSAYO en el que describa cuáles son las obligaciones de patrones y trabajadores al servicio del estado en el Reglamento de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente en el Trabajo del Sector Público Federal.

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4. Desarrollo.

De acuerdo con nuestras normas establecidas por estado ecuatoriano tenemos:

CONSTITUCIÓN DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR

TITULO VI: RÉGIMEN DE DESARROLLO

Capitulo sexto: trabajo y producción

Sección tercera: Formas de trabajo y su retribución

Art. 326.- El derecho al trabajo se sustenta en los siguientes principios:

5. Toda persona tendrá derecho a desarrollar sus labores en un ambiente adecuado y propicio, que garantice su salud, integridad, seguridad, higiene y bienestar.

Capitulo primero: Inclusión y equidad  

Sección tercera: Seguridad Social

Art.369.- El seguro universal obligatorio cubrirá las contingencias de enfermedad, maternidad, paternidad, riesgos de trabajo, cesantía, desempleo, vejez, invalidez, discapacidad, muerte y aquellas que defina la ley. Las prestaciones de salud de las contingencias de enfermedad y maternidad se brindarán a través de la red pública integral de salud.

TITULO VII: RÉGIMEN DEL BUEN VIVIR

Capitulo primero: Inclusión y equidad

Sección Novena: Gestión de Riesgos

Art.389.- El Estado protegerá a las personas, las colectividades y la naturaleza frente a los efectos negativos de los desastres de origen natural oantrópico mediante la prevención ante el riesgo, la mitigación de desastres, la recuperación y mejoramiento de las condiciones sociales, económicas y ambientales, con el objetivo de minimizar la condición de vulnerabilidad.

4. Fortalecer en la ciudadanía y en las entidades públicas y privadas capacidades para identificar los riesgos inherentes a sus respectivos ámbitos deacción, informar sobre ellos, e incorporar acciones tendientes a reducirlos.

5. Articular las instituciones para que coordinen acciones a fin de prevenir y mitigar los riesgos, así como para enfrentarlos, recuperar y mejorar las condiciones anteriores a la ocurrencia de una emergencia o desastre.

6. Realizar y coordinar las acciones necesarias para reducir vulnerabilidades y prevenir, mitigar, atender y recuperar eventuales efectos negativos derivados de desastres o emergencias en el territorio nacional.

LEY DE SEGURIDAD PÚBLICA Y DEL ESTADO

Capítulo III De los órganos ejecutores

Art. 11.- De los órganos ejecutores. - Los órganos ejecutores del Sistema de Seguridad Pública y del Estado estarán a cargo de las acciones de defensa, orden público, prevención y gestión de riesgos, conforme lo siguiente:

c) De la Prevención: Entidades Responsables. - En los términos de esta ley, la prevención y la protección de la convivencia y seguridad ciudadanas, corresponden a todas las entidades del Estado. El Plan Nacional de Seguridad Integral fijará las prioridades y designará las entidades públicas encargadas de su aplicación, de acuerdo al tipo y naturaleza de los riesgos, amenazas o medidas de protección o prevención priorizadas. Cada ministerio de estado estructurará y desarrollará un plan de acción en concordancia con el plan nacional de seguridad integral, de acuerdo con su ámbito de gestión. El Ministerio de Gobierno, Policía y Cultos asegurará la coordinación de sus acciones con los gobiernos autónomos descentralizados en el ámbito de sus competencias, para una acción cercana a la ciudadanía y convergente con ésta; y, d) De la gestión de riesgos. - La prevención y las medidas para contrarrestar, reducir y mitigar los riesgos de origen natural y antrópico o para reducir la vulnerabilidad, corresponden a las entidades públicas y privadas, nacionales, regionales y locales. La rectoría la ejercerá el Estado a través de la Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos.

LEY ORGÁNICA DE SERVICIO PÚBLICO

CAPITULO VIII DE LA SALUD OCUPACIONAL

Art. 228.- De la prestación de los servicios. - Las instituciones asegurarán a las y los servidores públicos el derecho a prestar sus servicios en un ambiente adecuado y propicio, que garantice su salud ocupacional, comprendida ésta como la protección y el mejoramiento de la salud física, mental, social y espiritual, para lo cual el Estado a través de las máximas autoridades de las instituciones estatales, desarrollando programas integrales. Para este fin las instituciones contemplarán en sus respectivos presupuestos los recursos materiales y financieros necesarios. Por su parte las y los servidores públicos deben cumplir con las acciones de prevención y protección previstas y los programas que se establezcan.

 

LEY DE DEFENSA CONTRA INCENDIOS

 

Art. 1.- El Servicio de Defensa contra Incendios lo hará el Ministerio de Bienestar Social a través de los cuerpos de bomberos, de acuerdo con esta Ley y su Reglamento General. Nota: Artículo reformado por Ley No. 160, publicado en Registro Oficial 984 de 22 de Julio de 1992.

5. Conclusiones.

Dentro de las principales normas en el Ecuador, está la constitución de la república de Ecuador que dentro del artículo 369, que toda persona tendrá derecho a desarrollar sus labores en un ambiente adecuado y propicio, que garantice su salud, integridad, seguridad, higiene y bienestar, desde el cual inicia todo el ámbito de seguridad.

Ley de Seguridad Pública Ejecutadores, nos direcciona quien es la identidad del estado que nos regirá en el ámbito de Seguridad y salud ocupacional y en la actualidad tenemos a la Ministerio de trabajo, ellos son los que nos dan directrices en las temáticas.

Código nos da las directrices generales de las responsabilidades de los patronos y los trabajadores.

 

 

6. Comentario personal.

Considero que las normas en nuestro país son importante ya que nos estables límites y responsabilidades tanto al patrono como a los empleados, un buen sistemas que nos ayuda a  manejar toda esta temática es la de la Ministerio de Trabajo y la que nos ampara en los riesgos naturales y antrópicos es la Secretaria de Gestión de Riesgos.

7. Bibliografía.

Constitucion-de-la-Republica-del-Ecuador.pdf (ambiente.gob.ec)

https://www.gestionderiesgos.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2015/06/Ley-de-Seguridad-P%C3%BAblica.pdf

http://www.oas.org/juridico/pdfs/mesicic5_ecu_panel5_sercop_1.3._ley_seg_p%C3%BAblica.pdf

https://www.trabajo.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2012/11/C%C3%B3digo-de-Tabajo-PDF.pdf

https://www.educacionsuperior.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2014/09/LOSEP.pdf

 

 

 

 

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